- Permitir a los conductores profesionales actualizar los conocimientos esenciales para el ejercicio de su función, haciendo especial hincapié en la seguridad y la racionalización del consumo del carburante.
- Profundizar y revisar los conocimientos adquiridos con la obtención del Certificado de Aptitud Profesional acreditativo de la cualificación inicial, por lo que debe realizarse, por primera vez, antes de que transcurran cinco años desde que se expidió el Certificado de Aptitud Profesional y ser repetido a partir de entonces, al menos, cada cinco años.
Los conductores que tengan un permiso de conducción en vigor de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E y obtengan la cualificación por examen o por antigüedad, deberán renovar sus conocimientos al menos cada 5 años.
Los conductores que realicen transportes de mercancías o de viajeros por carretera y hayan completado cursos de formación continua para una de las categorías de permisos (C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E) estarán dispensados de seguir una formación continua para otra de esas categorías de permiso de conducción de vehículos.